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La Corte Suprema avaló la última condena contra Jorge Halford

  • Foto del escritor: Charles Gutierré
    Charles Gutierré
  • 29 oct 2018
  • 4 Min. de lectura

El fallo llega a dos años de su muerte. En 2011 fue sentenciado en un polémico trámite que fue anulado por Casación. El máximo tribunal revirtió.


En 2011, en un juicio oral en los Tribunales Federales de Rosario, un hombre con trayectoria histórica en el narcotráfico local dijo, en su alegato inicial, unas palabras destinadas a no ser olvidadas. "El único cartel que conocí en mi vida en las drogas es la policía. En Rosario nadie vende drogas sin permiso de la policía". El que hablaba frente a los jueces era Jorge Halford, en ese momento de 53 años y con más de 30 vinculado a delitos de comercialización de estupefacientes.


En ese que fue su último juicio libró un duelo muy fuerte con los policías que lo detuvieron para demostrar que el origen del operativo había sido completamente ilegal y que, por eso, no debía recibir sanción. El argumento no era disparatado, a tal punto que la Cámara Nacional de Casación Penal anuló la condena que recibió, por considerar viciado el proceso. Sin embargo, la última novedad de este famoso trámite es que la Corte Suprema de la Nación acaba de dar vuelta ese fallo. El máximo tribunal nacional consideró, en definitiva, que Halford estuvo bien condenado.


En libertad

La resolución impacta en nada en el protagonista del caso. Halford, que ya cuando afrontó el juicio estaba muy enfermo, murió hace dos años en estado de libertad por el hecho de que Casación había anulado los procedimientos policiales en los que se basó la condena.


La sentencia de la Corte Suprema probablemente no afecte a nadie. En el mismo caso fue condenada a cuatro años de prisión la esposa de Halford, que está largamente cumplida. En el juicio, Halford siempre buscó proteger a su mujer señalando que ella era inocente, pero que él no. El se asumía como el dueño de 150 kilos de marihuana que encontraron en su casa de Roldán.


¿Cómo es que alguien que decía ser dueño de semejante cargamento esperaba que no lo condenaran? Porque lo que él contó con detalle es que la policía, que contaba con el dato de que él ocultaba esa carga, no tenía ninguna forma de llegar a ella, por no contar con una investigación con un origen fundamentado. Entonces lo que hicieron los hombres de la ex Brigada de Drogas Peligrosas fue detenerlo una noche que iba hacia Rosario a buscar a su hija a un shopping en el cruce de la ruta 9 y A-012, requisarle la caja de la camioneta y plantarle allí tres panes de marihuana con el objetivo de hacer posible el posterior allanamiento de su casa.


Sus abogados habían alegado que una inicial actuación ilegal invalidaba todo lo actuado después. "Este es un caso claro en el cual el Estado comete un delito para castigar otro", dijo entonces Fernando Mellado, abogado del condenado.


"Sé que mis dichos me condenan, pero mantengo todo lo dicho y así como en Colombia están las Farc en Rosario está la Brigada de Drogas Peligrosas", dijo al final del juicio. Durante dos años permaneció preso en Villa Devoto arrastrando una hepatitis C que fue la que terminó con su vida en 2016.


Puntos ilegítimos

Halford fue detenido por primera vez en 1978. Cumplió condena por tráfico de drogas tras ser apresado nuevamente en 1992 y acusado de lavado de dinero. Durante meses fue aludido reiteradamente por la prensa por protagonizar una fuga de película de la cárcel de Riccheri y Zeballos. En su etapa de libertad condicional fue detenido en 2003 por piratería del asfalto pero fue sobreseído.


Cuando la Cámara de Casación Penal revocó la condena de Halford el procurador fiscal apeló. Casación señalaba que había dos puntos ilegítimos en la condena. El primero era el modo en que se había recabado la denuncia que impulsó el operativo que descubrió la droga. El segundo era la omisión de los encargados del procedimiento —Gonzalo Paz, Oscar Romero y Ernesto Gaudencio— de comunicar la actividad desarrollada a las autoridades judiciales y a la fiscalía federal.


Las reglas de la lógica

La Corte Nacional sostuvo que al analizar el control de la legitimidad de un procedimiento se requiere del juez "valorar la concatenación de los actos de acuerdo con la sana crítica nacional y atendiendo a las reglas de la lógica". Y que las reglas de la sana crítica se ven alteradas si "se anula un procedimiento como consecuencia de supuestas irregularidades cometidas con anterioridad al único acto que afecta los derechos de los imputados".


Para la Corte, aplicando esa regla, no hay razones que puedan justificar que se prohíba que las fuerzas de seguridad que reciben información sobre un delito hagan las tareas que le son propias de su función antes de transmitirlas a los jueces. Por ello para la Corte la sentencia de Casación que anuló la condena no tiene fundamentos suficientes. No hay elementos que hagan válida la aplicación de la doctrina de la arbitrariedad, en este caso, de los policías que iniciaron el procedimiento contra Halford.


Este fallo de fines de septiembre ya no afecta a las personas juzgadas: una está muerta y la otra cumplió la condena. Pero sirve para establecer que en este trámite controvertido, que mereció pronunciamientos judiciales contradictorios, el máximo tribunal argentino consideró que no hubo arbitrariedad en la condena, dado que no valoró como ilegal el operativo policial inicial. Eso difícilmente borrará el recuerdo para los que estuvieron en el juicio del más que opaco procedimiento policial. Este mereció el sonoro reproche de la fiscal interviniente, la fallecida Mabel Colalongo, que sin embargo pidió las condenas. También será recordado que los testigos María Florencia F. y Osvaldo Angel P. afirmaron haber visto cómo desde un vehículo "ponían algo" en la camioneta de Halford la noche de la detención.


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