Entre la entidad denominada “El Club Fortín Victoria de Bella Vista F.C” representada por los señores Carlos Francisco Gutierre DNI Nº 11.127.344, en calidad de Presidente, Hernán Civetta DNI Nº 26.066.104, en calidad de Secretario, según acta de designación de cargos Nº 648 de fecha 3 de Septiembre de 2018, quienes constituyen domicilio especial en calle San Nicolás 1986 de esta ciudad de Rosario, por una parte denominados EL CONCEDENTE y el señor Diego Horacio González D.N.I. Nº 26.160.312, domiciliado en la calle Ovidio Lagos 2811 5º Piso “A”, también de esta ciudad, denominado EL CONCESIONARIO, en relación al contrato de Concesión del Buffet Social, celebrado el 15 de Mayo de 2018, cuyo período de duración fue establecido en tres años de locación, ambas partes convienen en dejar estipulado lo siguiente:======================================
EL CONCEDENTE y El CONCESIONARIO en común acuerdo de las partes firmaron en fecha 31 de mayo de 2019 la RESCISIÓN DE CONTRATO por la Concesión del Buffet del Club Fortín Victoria de Bella Vista F.C.. Conforme la partes sobre lo que se expresa en la Cláusula Tercera que ora textualmente: “EL CONCEDENTE podrá aceptar en parte de Pago los muebles y útiles que puedan ser de utilidad a la Institución, cuyos costos deberan ajustarse como usados y llevará en el anexo descripto la conformidad de las partes con las firmas respectivas”. Por lo consiguiente el CONCESIONARIO ante la deuda registrada en la Cláusula Segunda respectivamente, propone como parte de pago Muebles y Utiles que son de su propiedad por lo que EL CONCEDENTE acepta para seguidamente asentar en este escrito un inventario de los mismos, los que una vez firmado el acuerdo pertenecerán a la Institución:====