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Solicitud de Subsidio a la Secretaría de Deportes de la Nación Argentina.

Solicitud enviada por Correo Argentino con toda la Documentación requerida que fuera rechazada por no trabajar la Secretaría de Deportes. Toda la documentación fue enviada directamente a la Pagina Web de dicho organismo.

SOLICITUD APROBADA

A LA ESPERA DE LA TRANSFERENCIA BANCARIA

TODO EL EXPEDIENTE REMITIDO POR LA WEB:

Subsistencia de la Personería jurídica

Subsistencia de la Personería Deportiva

Copia certificada del acta de la última asamblea donde constan las autoridades de la Institución.

ACTA DE ASAMBLEA C/DESIG. DE AUTORIDADES (Certificada)

Fecha de Vencimiento del Acta: 30/08/2021

Acta Nº 013: Asamblea General Extraordinaria; En la ciudad de Rosario, en fecha 30 de Agosto de 2018, siendo las 19 horas, convocados por la Comisión Directiva del Club Fortín Victoria de Bella Vista F. C., da comienzo la Asamblea con los socios que firman en el Libro de Asistencia. 1º PUNTO: Designación de dos socios para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretario. En este punto se proclama a los señores socios Sergio Gutierrez y Daniel Nuñez, para que juntos al Presidente y Secretario firmen el acta de la presente Asamblea. 2º PUNTO: Ratificación aprobación de los Estatutos. En este punto el Presidente se dirige a los socios para que se ratifique la reforma de los estatutos que fuera aprobada en la Asamblea General Extraordinaria con fecha 5 de Abril de 2018, respondiendo así a las reglamentaciones de la Inspección General de Personas Jurídicas referentes a la presentación en tiempo y forma de las documentaciones del club. En este orden y por unanimidad de los presentes, se ratifica la aprobación de la Reforma Total del Estatuto Social. 3º PUNTO: Ratificación y Consideración de la Memoria, Balance General, El Estado Patrimonial, los Estados de Recursos y Gastos, el Flujo de Efectivo y Evolución del Patrimonio Neto, Anexos y Notas Complementarias e Informe del Revisor de Cuentas correspondiente al Ejercicio Finalizado el 31 de Diciembre de 2017. A continuación el Presidente da lectura y pone a consideración de los socios la MEMORIA Y BALANCE: “En cumplimiento de lo dispuesto en los estatutos y las disposiciones en vigor, la Comisión Directiva del Club Fortín Victoria de Bella Vista F.C., tiene el agrado de informar a los Asociados la gestión realizada en el curso del Cuadragésimo Tercer ejercicio contable y someter a su consideración la Memoria y Balance General, Estado de Resultados e Informe del Síndico Suplente (por fallecimiento del Síndico Titular), por el período comprendido entre el 1° de Enero y el 31 de Diciembre de 2017. BUFFET SOCIAL: El 1º de Mayo de 2015 la Comisión Directiva labró el contrato de concesión del Buffet con el Señor Germán Sampaolessi, por el término de 3 años, él mismo comenzó abonando un canon de $ 3.000 mensuales, con obligación de un reajuste porcentual anual del que no dimos cumplimiento por la sola razón de aceptar a cambio no abonar el 50% del valor de servicio de Cable Visión que correspondía abonar el club. En otro orden, el concesionario según las cláusulas contractuales debía hacerse cargo del pago de los servicios de Gas, Aguas Provinciales y de la Empresa General de la Energía de toda la Institución. En más de una oportunidad la Comisión Directiva tuvo que intervenir con algunos de los organismos referidos por falta de pago; realizando planes en las facturaciones de Aguas Santafesinas; reclamando la re conexión y colocación del contador de la EPE retirado en una ocasión por falta de pago. En septiembre el Presidente habló de estos temas con el Concesionario, como así también, de su preocupación por ver la mayoría de los días el Buffet/Restaurant cerrado. En esta oportunidad, el Concesionario se comprometió a regularizar en ese mes todas las deudas, a refaccionar el salón y mantener abierto el buffet de martes a domingos. El 28 de Noviembre, en reunión de Comisión Directiva, se resuelve citar al Concesionario, para tratar personalmente las deudas y los incumplimientos pactados con el Presidente oportunamente. Se citó por escrito en el mismo Buffet y ya reunidos le hicimos saber que por muchos años el Buffet y Restaurant del Fortín estuvo a la vanguardia en el barrio. Hoy los socios y vecinos lo dicen: “Nunca se vio tanto tiempo cerrado y dando siempre señales de abandono”. En el orden interno y social, al estar cerrado tantos días de la semana no se limpian los baños como marca el contrato. Y si hablamos del contrato, la concesión no ha cumplido con muchas cláusulas contractuales durante el tiempo de la concesión. La Comisión Directiva le dio más de una oportunidad para que el Concesionario regularice su situación, este se comprometió más de una vez pero nunca pudo cumplir con todo lo prometido. Se le explica que la Comisión Directiva no puede seguir acumulando deudas de la concesión. No puede seguir perdiendo el tiempo en regularizar con planes dichas deudas. NO puede seguir acumulando juicios y perder el tiempo en afrontarlos. Y por sobre todo. NO SE PUEDE VER LA IMAGEN QUE HOY BRINDA EL RESTAURANT Y EL BUFFET SOCIAL en total abandono, tanto en la atención, por los días cerrados que todo el mundo ve y que lo desprestigia notablemente como club. El Presidente expresa, que con todo el antecedente descripto no queda otra alternativa que la rescisión del contrato, tema que el Concesionario acepta, no sin antes solicitar otra oportunidad, comprometiéndose, una vez más, a ir regularizando las deudas semanalmente y abrir el buffet de acuerdo a clausulas contractuales. Por mayoría (no unánime) de Comisión Directiva se resuelve aceptar la propuesta del Concesionario, con el compromiso de la CD de controlar que lo propuesto se cumpla a raja tabla. TRAMITES INSTITUCIONALES: * En el orden Institucional y legal hemos respondido a las normas de Asociaciones Civiles ante la Fiscalía de Estado presentando los libros correspondientes. Los Balances Contables fueron realizados por la contadora Pública Patricia Menichelli y certificados por el Consejo Profesional en Ciencias Económicas con un costo aproximado a los $ 10.000.-, y toda la documentación más las actas fueron selladas en los Tribunales Provinciales a fin de responder a normas vigentes. * Hemos presentado en la Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Fe la reforma del estatuto social aprobada en Asamblea. Al cierre del ejercicio no hemos recibido respuesta alguna. Debido a este retraso sigue pendiente el trámite ante la AFIP para lograr que nuestro Club obtenga la exención del Impuesto a las Ganancias. * Durante todo el ejercicio hemos mantenido la cuenta corriente en el Banco Macro. * Hemos cumplimentado con las observaciones técnicas y toda la documentación respectiva sobre las normas de seguridad e higiene. TASA GENERAL DE INMUEBLES: El 27 de Julio del corriente año, después de un arduo trabajo y esfuerzo de perseguimiento del trámite en cuestión, la Dirección General Legal Tributaria, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Economía de la Municipalidad de Rosario, según RESOLUCION DGLT Nº 244/2017, Expte. 17703 – C – 2012 Fs. 86, resuelve dar lugar a nuestra solicitud de Eximición del pago de la Tasa General de Inmuebles y sus adicionales, a favor del CLUB FORTIN VICTORIA DE BELLA VISTA F.C., por los inmuebles empadronados en la Sección 10, Manzana 52, Grafico 21, nro. De cuenta 1001953-07, por los años 2009 a 2014, y períodos 01 a 04/2015; y Sección 10, Manzana 52, Grafico 21, S/P 1, nro. De cuenta 1012301-01, por los períodos 05/2015 a 12/2015 y años 2016 y 2017; de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza 5485/92, disposiciones del Art. 76 Inciso K) del Código Tributario Municipal y formalización de Convenio de prestación de instalaciones. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del art. 76 Código Tributario Municipal y mientras no se modifique la norma aludida en el párrafo que antecede, extiéndase la exención en la cuenta contributiva nro. 1012301-01 por años fiscales 2018, 2019 y 2020. SUBSIDIO DEPORTE COMUNITARIO: En Diciembre del ejercicio anterior, el Presidente del Consejo Provincial del Deporte (CO.PRO.DE.) dispone otorgar a nuestro Club la suma de $50.000 (Pesos Cincuenta Mil) destinados a solventar los gastos que demande la Adquisición de MATERIALES, INDUMENTARIA Y ELEMENTOS DEPORTIVOS con cargo de oportuna rendición de cuentas. En el corriente ejercicio hemos comprado los materiales y los elementos deportivos destinado exclusivamente a la práctica amateur del boxeo de nuestra Institución. Los elementos mencionados fueron adquiridos en Olimpia Deportes, Gamelan Fitness, Micalea Athos y Casa Bureu, lo que demandó un importe de algo más de $50.000, Fueron rendidas oportunamente todas las facturaciones al Consejo Provincial del Deporte, el que las acepto satisfactoriamente. En este orden se labró un contrato de comodato con los profesores de boxeo, los que se harán cargo de los elementos deportivos pertenecientes a la Institución. COBERTURAS: * Desde el comienzo del ejercicio, el Fortín Victoria ha mantenido su política de prevención manteniendo la cobertura ante emergencias médicas contratando el servicio permanente de la empresa URGENCIA 351111. * Como ya es habitual, se mantuvo en vigencia el Seguro de Responsabilidad Civil en San Cristóbal Seguros. * Hemos contratado y colocado el servicio de televisión por cable tirando un cableado desde el sector del Buffet al salón de naipes por ingreso de Calle San Nicolás compartido con el Concesionario. COLABORACIÓN: * Se siguió aportando económicamente con la Cooperadora Policial de la Seccional 13º de Policía. * Lo mismo, como todos los años, brindamos nuestros salones al Colegio “Zona Parque” para reuniones de padres y empresas por viajes de sus alumnos. MANTENIMIENTO EDILICIO: * En Enero, por orden de la Municipalidad para obtener la Habilitación del Edificio, terminamos de cambiar parte de la cañería de Gas natural y colocar las llaves de corte correspondiente a cada uno de los artefactos de la cocina del Buffet. * En Marzo compramos y empezamos a colocar un revestimiento de madera machimbre en casi todas las medianeras del Gimnasio cubierto. * En Abril se controlaron y se recargaron todos los matafuegos colocados en las instalaciones. Además se compraron y colocaron gabinetes con candados en los matafuegos del sector Gimnasio. * En Mayo terminamos de reparar el parabólico del Gimnasio cubierto colocando más desagües fluviales de PVC a los techos y cloacas, como así también, en el frente del edificio por calle San Nicolás.* En Junio se independizó el circuito de electricidad correspondiente al sector del gimnasio cubierto, colocándose un cable de alta resistencia desde el tablero general de calle Ituzaingo hasta un tablero general individual, con disyuntores y térmicas de corte. Cómo así también, se colocaron luces de emergencia al sector y se repararon luminarias colgantes.* En Junio se sacaron las mamparas que separaban el Gimnasio y el sector de Parrillas, ampliando el espacio para las disciplinas deportivas. * En Septiembre se limpió y se sacaron los escombros por el derrumbe de la Parrilla grande del Salón cubierto. * En Octubre se compraron todos los materiales para confeccionar la Parrilla nueva. * En Noviembre se terminaron los trabajos de la Parrilla nueva, se abonó puntualmente los trabajos de herrería, de albañilería y de electricidad. Por ser un gasto excepcional, la Comisión Directiva colocó en los transparentes del club, un gráfico de los costos en general, cuya suma ascendió los Cuarenta Mil Pesos ($40.000). * En Diciembre se cambiaron los automáticos eléctricos del sistema de bombeo de agua de la cisterna a los dos tanques de la terraza. * Durante todo el año y de forma mensual hemos contratado los servicios de Desinfección, Control de Plagas y Desratización. MUEBLES Y UTILES: En el corriente ejercicio se compraron Tablones/Caballetes, sillas plásticas blancas y negras por un valor de $ 20.000. Se compraron materiales y elementos deportivos destinados exclusivamente a la práctica amateur del boxeo por un valor de $ 50.000. Compramos una Computadora nueva por un valor de $ 8.500. Se compraron y colocaron Luces de emergencia en el Gimnasio cubierto por un valor de $ 1.650. Se ha comprado Hidrolavadora por un valor de $ 2.590. Se compró una Parrilla de Hierro por un valor de $ 2.600. Se compraron vajilla de gastronomía por un valor de $ 1.000. ACTIVIDADES DEPORTIVAS: * Hemos incorporado Pilates y Zumba en los salones de Planta alta a cargo de la Profe Mónica. * Los martes y jueves de 18 a 20 hs., también hemos incorporado Taekwondo WTF a cargo del Sensei Sergio Cotos Giménez. * El Sensei Sergio Ángel Gauna sigue brindando la enseñanza de Ju Jitsu Tradicional, una disciplina de Artes Marciales que moviliza a grandes y chicos. Más en estos tiempos donde impera la inseguridad. Muy buena práctica deportiva y también para la defensa personal. * Lo mismo hacen los muchachos Juan Pablo Cabrera y Lucas Espindola brindando en el Gimnasio cubierto la práctica de Boxeo. Todos los martes, jueves y ahora Viernes, esta disciplina deportiva del Club sigue acercando más chicos y adolescentes del Barrio. Ahora también se han incorporados jovencitas mujeres que enriquecen este deporte. * La Profesora Pamela Cengarle continuó manteniendo las clases con nuevas chiquitas entusiastas y como siempre se llevó a cabo a final del ciclo el festival de Patín Artístico con una numerosa concurrencia de familiares y vecinos del Barrio para ver a las niñas danzar en esta maravillosa disciplina. PRESTAMOS: Hemos abonados puntualmente todas las cuotas correspondientes al préstamo de San Cristóbal Seguros de $ 25.000, para solventar parte de los costos para la confección de los Planos edilicios del Club. INGRESO Y EGRESO GENERAL: * En el corriente ejercicio hubo un INGRESO general que detallamos, en concepto de: Por Cobro Cuotas de asociados y comisiones internas de las actividades deportivas $ 103.690. Por cobro Concesión del Buffet $ 35.500. Por alquiler de Salones $ 40.300. Por Subsidio Provincial y Préstamo de socios $ 87.750. Recordamos el transporte disponible del año 2015 que registró la suma de $ 155,32. Total del ingreso General por todo concepto: $ 267.395,32.- * Detallamos el siguiente EGRESO general a saber: Por Seguros de Responsabilidad Civil $ 2640. Por Cobertura Médica $ 12.246,96. Por Colaboración Cooperadora policial $ 230. Por reparaciones y Mantenimiento en el Salón Comedor, Cocina del Buffet, en el Gimnasio Cubierto y en los Salones de Planta Alta $ 99.279,20. Por pago préstamo Bancario en San Cristóbal $ 21.626. Por sellados y aportes legales para la regularización de los Planos edilicios $ 10.265,81. Por gastos de Librería $ 1.536. Por compra de Útiles y Muebles $ 83.670,30. Honorarios Profesionales por Balances $ 9.770. Por Servicios, Tasas, Impuestos y Contribuciones $ 23.540,95. Por la Cuenta Corriente en el Banco Macro $ 2.000. Total del Egreso General por todo concepto: $ 266.805,22.- Ingreso general año 2017 $ 267.395,32.- Egreso general $ 266.805,22. Saldo favorable Disponible $ 590,10.-“. INFORME DEL REVISOR DE CUENTAS: En este orden el Presidente lee a los socios lo redactado por el Revisor de Cuentas: “En cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Estatuto vigente, informo a la Honorable Asamblea que he procedido a la revisión y fiscalización exhaustiva de toda la Documentación inherente a las operaciones contables llevadas a cabo por la Comisión Directiva del “CLUB FORTÍN VICTORIA DE BELLA VISTA F.C.” durante el Ejercicio económico Nº 43 cerrado el 31 de Diciembre de 2017. Teniendo por objeto dicho análisis, informar sobre el Balance General, Estado de Situación Patrimonial, Estado de Recursos y Gastos, Inventario de Bienes y Fondos Disponibles. De la compulsa entre dicha documentación y los registros contables de la Institución, manifiesto mi plena conformidad con los asentamientos realizados. Por todo lo expuesto y comprobado, me permito aconsejar a la Honorable Asamblea, la aprobación del Inventario y Balance General, Estado de Situación Patrimonial, Estado de Recursos y Gastos, Estado de Evolución del Patrimonio Neto, estado de Flujo Efectivo y demás Anexos y Notas correspondientes al Ejercicio cerrado el 31 de Diciembre de 2017.- Rosario, 23 de Mayo de 2018. Antonio Rizzo. REVISOR DE CUENTAS.-“. FALLECIMIENTOS: En el corriente ejercicio tuvimos que lamentar el fallecimiento de un gran socio y amigo que ocupaba el cargo de síndico titular en funciones de nuestra querida Institución: Ricardo Jesús Milicic; Tanto los cimientos, como las columnas de nuestra institución, reflejaran por siempre la inagotable fuerza solidaria de esta gran persona y su nombre y apellido permanecerá en la memoria de toda nuestra sociedad. En este orden, también lamentamos la irreparable pérdida de la Licenciada Mónica Bifarelo, quien fuera Ministro de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe, cuya gestión beneficio a nuestro club otorgando un importante subsidio económico que nos permitió la refacción general de las instalaciones del edificio. PALABRAS FINALES: Indudablemente, el balance de este ejercicio lo consideramos altamente positivo a pesar de los vaivenes económicos que afronta nuestro país. Hemos duplicado el crecimiento social a partir de nuevas incorporaciones en las actividades deportivas. Logramos reparar el sistema de Gas y de electricidad de todas las instalaciones del edificio cumpliendo con todas las reglas de Higiene y Seguridad. Terminamos con ese flagelo del gimnasio cubierto que se nos inundaba por insuficiencia de los desagües fluviales y cloacales. Hemos incrementado los tablones y sillas lo que nos permitió tener más alquileres de los salones. No tenemos deudas pendientes con ningún organismo y se logró mantener la Personería Jurídica y Deportiva que nos inserta dentro de los clubes de barrio que están a la vanguardia en el orden institucional, social y deportivo. Está experimentado que cuando una sociedad civil se estanca, esta retrocede. Nosotros hemos dado demasiadas muestras de constante crecimiento desde que asumimos. Por todo ello es que nos planteamos para el próximo año importantes desafíos en materia de más crecimiento edilicio, deportivo y de inclusión social. No queremos pasar por alto nuestro reconocimiento a todos aquéllos funcionarios del Gobierno de la Provincia de Santa Fe y de la Municipalidad de Rosario, a socios y vecinos por la confianza depositada en nosotros y que sin ser autoridades del club, colaboran permanentemente en tareas del mantenimiento edilicio y POR SOBRE TODO del progreso y futuro del club. Seguiremos trabajando y soñando, siempre con la esperanza de ser cada día mejores, con un gran objetivo como meta: la satisfacción de nuestros Socios y de toda la comunidad que nos visite. Nuestro inmenso pesar por los socios fallecidos en el corriente ejercicio, haciéndolo extensivo a familiares y amigos”. Por último, dado lo expresado en esta memoria y balance, que representa un detalle conciso de las actividades desarrolladas en el ejercicio fenecido. En consecuencia de lo manifestado, solicito a los Señores Asambleístas la aprobación de la Memoria y Balance puestos a consideración. Por unanimidad de los presentes se aprueba la Memoria y Balance del Cuadragésimo Tercer ejercicio contable finalizado el 31 de Diciembre de 2017, en este orden el socio Juan Pablo Cabrera mociona para que la Asamblea considere y apruebe toda la gestión llevada a cabo por la Comisión Directiva, la que es aprobada por unanimidad y proclamada con un caluroso aplauso de los presentes. 4º: PUNTO: Designación de la Comisión Directiva conforme al nuevo Estatuto Social. En este orden el Presidente informa a los presentes que se ha presentado una sola lista denominada “LISTA RECUPERACIÓN DEL CLUB FORTIN VICTORIA” que se ajusta a los estatutos sociales y lleva de candidatos como Presidente a Gutierre Carlos Francisco, de Secretario a Civetta Hernán, de Tesorero a Gauna Sergio Ángel, como tres vocales titulares a Crudo Marcelo, Espíndola Lucas Federico y Pamela Cengarle. Como tres vocales suplentes a Pigñani Héctor, Greco Belén y Luque Miguel. Cómo Revisor de Cuentas Titular a Scharf Roberto y como Revisor de Cuentas Suplente a Rizzo Antonio. El Presidente se dirige nuevamente a los socios asambleístas para que se considere y se proclame a la única lista presentada. Por unanimidad de los socios presentes se aprueba y se proclama la totalidad de los candidatos que entrarán en funciones como las nuevas autoridades administrativas del Club Fortín Victoria de Bella Vista F. C. a partir del 30 de Agosto de 2018 hasta el 30 de Agosto de 2021 inclusive. 5º PUNTO: Consideración y Ratificación de las memorias y Balances correspondientes a los ejercicios cerrados el 31 de Diciembre de 2014, al 31 de Diciembre de 2015 y al 31 de Diciembre de 2016. En este punto, el Presidente expone que estos balances fueron observados por cuestiones técnicas (Da lectura de las observaciones) y que la Asamblea deberá considerar y ratificar su aprobación nuevamente. Por unanimidad de los presentes se ratifica la aprobación de los balances correspondientes a los años mencionados. A solicitud del socio Fermanelli Eduardo los asambleístas, cuando el Presidente anuncia la finalización de la Asamblea, los socios cierran la reunión con un extensivo y caluroso aplauso. Sin más temas que tratar y siendo las 22 horas, el Presidente da por culminada la asamblea general extraordinaria.----------------------------------------------------------------------------------------------------------

SERGIO GUTIERREZ DANIEL NUÑEZ HERNAN CIVETTA CARLOS F. GUTIERRE

SOCIO SOCIO SECRETARIO PRESIDENTE

Constancia del CUIT de la Institución

Estatuto Social

ESTATUTO SOCIAL DEL CLUB FORTIN VICTORIA DE BELLA VISTA F.C.

Aprobada su Reforma Total por Asamblea General Extraordinaria de Socios el 5 de Abril de 2018.-

DENOMINACIÓN, DOMICILIO

Artículo 1: La Asociación Civil Club FORTIN VICTORIA DE BELLA VISTA F.C., se constituyó el día 14 de Febrero de 1966, en la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, fija su domicilio legal en la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Es una Asociación Civil, que obtuvo su Personería Jurídica y autorización para funcionar como tal por Resolución N° 334 del 01 de Marzo de 1973, la que se encuentra vigente.


OBJETO

Artículo 2: El objeto de la entidad será propulsar el desarrollo del deporte, la cultura, la moral e intelectualidad de sus asociados, para lo cual habilitará las instalaciones deportivas y sociales que puedan proveerse de acuerdo con los medios y recursos que disponga. El mismo se realizara sin fines de lucro y no reporta ventajas económicas para los asociados e integrantes del órgano de administración y fiscalización.


ACTIVIDADES

Artículo 3: Para el cumplimiento del objeto social, la entidad podrá: a) Organizar competencias y torneos y participar en todos los actos conexos a sus fines, que organicen entidades civiles; b) Promover el espíritu de unión y solidaridad entre sus asociados; c) Sostener relaciones con Instituciones Nacionales y Extranjeras, afines a sus propósitos y finalidades.


DURACIÓN

Artículo 4: La duración de la entidad es a perpetuidad.


CAPACIDAD Y PATRIMONIO

Artículo 5: La entidad tiene plena capacidad jurídica, podrá ejercer por medio de sus órganos toda clase de actos jurídicos y todos los contratos necesarios y que se correspondan con su naturaleza jurídica, quedando en consecuencia autorizada a efectuar los actos, trámites, gestiones y peticiones que sean necesarias y/o convenientes a saber: adquirir a título oneroso o gratuito bienes muebles o inmuebles, venderlos, permutarlos, otorgarlos en comodato, locación, uso o usufructo, gravarlos con derecho de hipoteca; contraer mutuos; hacer y recibir donaciones; aceptar legados, subsidios, herencias o subvenciones; hacer operaciones con instituciones bancarias, a plazo fijo, cuenta corriente o cualquier otra operación que permitan sus cartas orgánicas y que tiendan al cumplimiento de sus fines y objetivos sociales y de cualquier otra entrada o ingreso lícito acorde con el fin de la Institución.

Artículo 6: El patrimonio está formado por: a) Las cuotas que abonen los asociados, sean de ingreso mensual, o especiales, que pudieran resolverse en Asamblea convocada a tal efecto. b) Los bienes que adquiera por cualquier título, así como de sus frutos y productos. c) Las donaciones, herencias, legados, subsidios, subvenciones, oblaciones voluntarias que se le otorguen y que acepte. d) Los beneficios que se obtengan de la organización de reuniones sociales, conferencias, congresos, seminarios, festivales, excursiones o cualquier espectáculo público. e) Los intereses o ganancias que devenguen los fondos de la entidad. f) Cualquier otro ingreso lícito acorde al fin del objeto y conforme su naturaleza jurídica.


DE LOS ASOCIADOS

Artículo 7: Se establecen las siguientes categorías de asociados: activos, adherentes, honorarios y vitalicios. La admisión de los asociados la resolverá la comisión directiva en la primer reunión posterior que se celebre. En caso de ser rechazada, la misma no podrá ser presentada nuevamente hasta pasado un año.

Artículo 8: Serán asociados activos: las personas físicas mayores de edad o jurídicas que compartiendo el objeto de la entidad deseen participar de ella.

Artículo 9: Serán asociados adherentes: las personas menores de edad y los que deseen participar abonando una cuota menor a la de los activos. Tiene derecho a participar de los beneficios que otorga la entidad.

Artículo 10: Asociados honorarios: serán aquellos que por sus méritos se hagan acreedores de tal distinción. Serán nombrados por la asamblea a propuesta de la comisión directiva o de por lo menos 25 asociados con derecho a voto. No tienen derecho a voto ni a formar parte de la comisión directiva. Los miembros de la comisión directiva no podrán ser nombrados asociados honorarios hasta transcurridos 2 años de la finalización de su mandato.

Artículo 11: Asociados vitalicios: serán aquellos asociados activos que hayan cumplido 25 años de antigüedad ininterrumpidos en la categoría de asociado activo. Tendrán los mismos derechos y obligaciones que los asociados activos, salvo el de abonar las cuotas sociales.

Artículo 12: Los asociados activos tienen los siguientes derechos y obligaciones: a) abonar las cuotas sociales. b) cumplir con las obligaciones impuestas por los estatutos, reglamentos y resoluciones de asamblea y comisión directiva. c) voz y voto en las asambleas, elegir y ser elegido para integrar los órganos sociales. Esto último con las condición de una antigüedad mínima de 2 años en la categoría de activo, y estar al día con la tesorería de la entidad.

Artículo 13: Los asociados adherentes tendrán las mismas obligaciones y derechos de los activos, salvo el derecho a votar y a ocupar cargos en la comisión directiva u órgano de fiscalización. Abonan una cuota menor a la de los asociados activos.

Artículo 14: El asociado quedará privado de pertenecer a su categoría cuando por este estatuto hubiere perdido las condiciones exigidas para ser asociado o por fallecimiento, renuncia, exclusión o expulsión.

Artículo 15: Los Asociados perderán la condición de tales, por las siguientes causas: a) Fallecimiento; b) Renuncia; c) Exclusión d) Expulsión. RENUNCIA. Los Asociados podrán renunciar a su condición de tales, presentando una nota dirigida a la Comisión Directiva, en la cual exprese su decisión voluntaria de renunciar. El renunciante debe en todos los casos las cuotas y contribuciones devengadas hasta la fecha de la notificación fehaciente de su renuncia. EXCLUSIÓN POR MORA EN PAGO DE LAS CUOTAS. Dicha sanción procederá en caso que los asociados dejen de cumplir con el pago de las cuotas sociales. Los asociados que adeudaren tres cuotas sociales serán intimados para que en el término de 30 días se pongan al día con la tesorería de la entidad, de no ser así podrán ser excluidos por decisión de la Comisión Directiva comunicada de manera fehaciente al asociado moroso. EXCLUSIÓN POR FALTAS GRAVES. Consiste en la pérdida definitiva de la condición de asociado, prohibiéndosele al sancionado el ingreso y permanencia en la sede Social y demás instalaciones, asimismo se le exigirá la devolución de la credencial social. Serán causales de expulsión: a) faltar al cumplimiento de las obligaciones sociales impuestas por el estatuto y/o reglamentos que dicte la entidad y/o decisiones de la Comisión Directiva y/o Asamblea b) observar inconducta notoria o indisciplina. c) hacer voluntariamente daño a la asociación; d) cometer actos de deshonestidad en perjuicio de la asociación. Todas las sanciones disciplinarias deberán ser resueltas por la comisión directiva, quien notificará fehacientemente al asociado para que ejerza su derecho de defensa. El asociado tiene derecho de interponer, dentro de los diez días posteriores a la notificación de la sanción, el recurso de apelación ante la asamblea que se convocará no mayor a los 60 días de la presentación, sin importar renuncia al fuero judicial.


DE LA COMISIÓN DIRECTIVA

Artículo 16: La Asociación será dirigida y administrada por la Comisión Directiva compuesta por: presidente, secretario, tesorero, y 3 vocales titulares. Habrá además 3 vocales suplentes, y un órgano de fiscalización compuesto por 1 revisor de cuentas titular y 1 revisor de cuentas suplente. La duración de los mandatos es de 3 ejercicios sociales. El/los revisor/es de cuentas y los miembros de comisión directiva -titulares y suplentes- no podrán percibir sueldo o remuneración alguna por el desempeño de los cargos. El carácter de los mismos es personal e indelegable.

Artículo 17: La Comisión Directiva y el revisor de cuentas, serán elegidos en la Asamblea Ordinaria Anual, por simple mayoría de votos de asociados presentes. La comisión se renovará por lista completa.

Artículo 18: En caso de renuncia, fallecimiento o cualquier otra causa que ocasione la vacancia transitoria o permanente de un cargo titular, entrará a desempeñarlo el primer vocal titular, haciéndose el corrimiento correspondiente. Este reemplazo será por el término de la vacancia. El mandato de los miembros a los que refiere el artículo 16 podrá ser revocado por la asamblea de asociados en cualquier momento.

Artículo 19: Para poder ser miembro de la Comisión Directiva o demás autoridades, se deberán cumplimentar los siguientes requisitos: a) ser Asociado Activo o vitalicio y tener la antigüedad indicada en el artículo 12; b) estar en el pleno goce de sus derechos como asociado y tener plena capacidad jurídica; c) estar al día con la Tesorería Social.

Artículo 20: Las reuniones de la Comisión Directiva se realizarán válidamente con la presencia de la mitad más uno de los miembros titulares que la integran, y las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de los miembros presentes. Las reconsideraciones de asuntos ya resueltos, requerirán el voto de las dos terceras partes, en reunión de igual o mayor número de asistentes de aquella en que se resolvió el asunto a reconsiderarse.

Artículo 21: La Comisión Directiva se reunirá por lo menos una vez cada 30 días.

Artículo 22: Sin perjuicio de que la Comisión Directiva fije fecha, hora y lugar para sus reuniones, las mismas también podrán ser convocadas por el Presidente o su reemplazante, o por el revisor de cuentas debiendo éstos últimos citarlas cuando lo requieran 4 miembros de la Comisión Directiva, precisando el orden del día que pretenden se considere. La convocatoria deberá indicar los temas a tratar, lugar, día y hora de la reunión, debiendo en estos casos realizarse la reunión dentro de los cinco días de efectuada la misma. La citación se hará en forma personal y por escrito, a través del Secretario y con una anticipación no menor a los dos días.

Artículo 23: El miembro de la Comisión Directiva que, previa notificación faltara, sin previo aviso justificado a tres reuniones consecutivas, o a seis alternadas en un año calendario, podrá ser desplazado de su cargo.

Artículo 24: Todo miembro de la Comisión Directiva que por razones fundadas no pueda asistir a las reuniones, o atender la misión que se le encomendara, podrá solicitar licencia parcial o temporal, de un máximo de seis meses, la que será acordada en reunión de Comisión Directiva.

Artículo 25: Cuando el número de miembros de la Comisión Directiva, quede reducido a menos de la mitad más uno de la totalidad, habiendo ya sido llamados todos los suplentes a reemplazar a los titulares, el revisor de cuentas se hará cargo de la administración y deberá convocar a Asamblea a los efectos de su integración, dentro de los treinta días de la acefalía. Todo esto sin perjuicio de las responsabilidades que puedan recaer sobre los miembros directivos renunciantes o ausentes. Los electos durarán en sus cargos por el resto del período de los que reemplazan. En caso de acefalía total, se dará intervención a la Inspección General de Personas Jurídicas.


ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LA COMISIÓN DIRECTIVA.

Artículo 26: Son atribuciones y obligaciones de la Comisión Directiva: a) Ejecutar las resoluciones de las Asambleas, cumplir y hacer cumplir este Estatuto y los reglamentos, interpretándolos en caso de duda, con cargo a dar cuenta a la Asamblea más próxima que se celebre; b) Ejercer la administración de la entidad; c) Convocar a Asamblea conforme a las disposiciones establecidas en este estatuto; d) Resolver la admisión de los que soliciten ingresar como asociados y las renuncias que presenten los mismos; e) Dejar cesantes, apercibir, suspender o expulsar a los asociados; f) Otorgar plazos y condiciones especiales para el pago de las deudas que los asociados mantuvieran con la entidad; G) Nombrar empleados y todo el personal que se requiera para el cumplimiento de los fines y objetivos sociales, asignarles sueldo, fijarles las obligaciones, amonestaciones, suspensiones y despidos; h) Presentar a la Asamblea General Ordinaria, la Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e informe del revisor de cuentas, y el Presupuesto; i) Realizar los actos que especifica y determina el art. 375 y concordantes del Código Civil y Comercial, aplicables a su carácter jurídico y con cargo de dar cuenta a la primera Asamblea que se celebre, salvo los casos de adquisición, enajenación, hipotecas y constitución de gravámenes de bienes inmuebles, en que será necesaria la previa aprobación por parte de una Asamblea; j) Dictar los reglamentos institucionales acordes al estatuto, los que deberán ser aprobados por la asamblea y luego presentados a la Inspección General de Personas Jurídicas para su aprobación, previo a su aplicación; k) Crear subcomisiones y nombrar sus presidentes e integrantes; l) Fijar y ajustar las cuotas sociales, pudiendo aumentarlas o disminuirlas de acuerdo a las necesidades, fijar cuotas extraordinarias o cualquier contribución transitoria, pudiendo aumentar o disminuir su importe o decidir la suspensión transitoria de aquella, en función de la obtención de los fines y objetivos sociales. Todo esto con cargo de dar cuenta a la primera Asamblea que se celebre; m) Adoptar las medidas disciplinarias previstas; n) Resolver los asuntos no contemplados en este Estatuto y que sean urgentes, con cargo a dar cuenta a la primera Asamblea que se celebre.


DEL PRESIDENTE

Artículo 27: El Presidente tiene las atribuciones y obligaciones siguientes: a) Es el representante legal de la entidad; b) Convoca a las reuniones de la Comisión Directiva cuando lo estime pertinente; c) Tiene derecho a voto en las reuniones de la Comisión Directiva, al igual que los demás miembros del cuerpo y, en caso de votaciones empatadas, votará nuevamente, d) Firma conjuntamente con el secretario, las actas de reuniones de Comisión directiva y de las Asambleas ; e) Autoriza con el Tesorero, las cuentas de Gastos, firmando los recibos y demás documentos de la Tesorería, conforme lo resuelto por la Comisión Directiva, no permitiendo que los fondos sociales sean invertidos en objetos ajenos a los prescriptos por este Estatuto; f) Vela por la buena marcha y la correcta administración de la entidad, observando y haciendo observar este Estatuto, los Reglamentos, las resoluciones de Comisión Directiva y de las Asambleas g) En caso de emergencia, toma medidas de competencia de la comisión directiva, sujetas a la aprobación de la Comisión Directiva en la reunión siguiente.


DEL SECRETARIO

Artículo 28: El Secretario tiene las atribuciones y obligaciones siguientes: a) Asistir a las reuniones de la Comisión directiva y a las Asambleas, firmando conjuntamente con el Presidente las Actas de las mismas; b) Citar a los miembros de la Comisión directiva a aquellas reuniones no previstas en el cronograma anual, en forma personal y escrita, con la debida antelación; c) Encargarse de todo lo concerniente a las convocatorias de las asambleas, cuidando que aquellas se realicen estatutariamente en tiempo y forma; d) Llevar junto con el Tesorero, el Registro de Asociados e) Llevar los libros de actas de asambleas y reuniones de la comisión directiva.


DEL TESORERO

Artículo 29: El Tesorero tiene las atribuciones y obligaciones siguientes: a) Asistir a las reuniones de la Comisión Directiva y a las Asambleas b) Llevar, de acuerdo con el secretario, el Registro de Asociados, ocupándose de todo lo relacionado con el cobro de las cuotas sociales y demás acreencias; c) Llevar los libros de Contabilidad; d) Presentar a la Comisión Directiva Balances trimestrales y nóminas de asociados morosos y preparar anualmente el Balance General, Inventario y Cuenta de Gastos y Recursos, que deberá aprobar la Comisión Directiva para posteriormente ser sometidos a consideración de la Asamblea General Ordinaria; e) rendir cuentas cuando se le requiera, f) Firmar los recibos y demás documentos de la Tesorería, efectuando los pagos resueltos por la Comisión directiva; g) Efectuar en el o los bancos que designe la Comisión Directiva, a nombre de la entidad y a la orden conjunta del Presidente, los depósitos de dinero y valores ingresados a la Caja Social, pudiendo retener en la misma hasta la suma que estime la Comisión directiva, a los efectos de los pagos de urgencia; h) Firmar conjuntamente con el Presidente los cheques, giros u otros documentos para la extracción de fondos; i) Dar cuenta del estado patrimonial, económico y financiero de la entidad, toda vez que la Comisión Directiva o el Revisor de cuentas se lo soliciten.


DE LOS VOCALES TITULARES Y SUPLENTES

Artículo 30: Los Vocales Titulares tienen las atribuciones y obligaciones siguientes: a) Asistir a las reuniones de la Comisión Directiva y a las Asambleas con voz y voto; b) Colaborar con el resto de la Comisión Directiva y desempeñar las tareas y comisiones que la Comisión Directiva le asigne. Los Vocales Titulares reemplazarán, en el orden de la lista que los designara, al presidente, al secretario y al tesorero.

Artículo 31: Corresponde a los Vocales Suplentes: a) Asistir a las Asambleas ; b) Entrar a formar parte de la Comisión directiva, reemplazando a los Vocales Titulares, c) Concurrir a las reuniones de la Comisión directiva, si los vocales titulares lo admiten.


DEL REVISOR DE CUENTAS

Artículo 32: El órgano de control estará conformado por un revisor de cuentas titular y un suplente, éste último sólo actúa en reemplazo del primero en los supuestos de ausencia temporal o permanente del mismo. Este reemplazo será hasta completar el mandato para el cual fue designado el titular, incluso cuando el mismo resulte de una nueva asamblea.

Artículo 33: El revisor de cuentas titular y el suplente, cuando asuma por ausencia temporal o permanente del primero, tendrán por función ejercer el contralor institucional y de revisión y fiscalización de las operaciones sociales. Duran 3 ejercicios en sus funciones, y su elección se hará en forma conjunta con la renovación del órgano directivo.


ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL REVISOR DE CUENTAS

Artículo 34: Son atribuciones y obligaciones del Revisor de Cuentas las siguientes: a) Examinar los libros y documentos de la entidad, no menos de una vez por mes; b) Asistir a las reuniones de la Comisión Directiva, cuando lo juzgue necesario, teniendo únicamente derecho a voz; c) Fiscalizar la administración, verificando frecuentemente el estado de la Caja y la existencia de títulos y valores de toda clase; d) Comprobar el cumplimiento de las leyes, Estatuto y Reglamentos; e) Dictaminar sobre la Memoria, Inventario, Balance General y Cuenta de Gastos y Recursos, presentadas por la Comisión Directiva; f) Convocar a Asamblea General Ordinaria, cuando omitiere hacerlo la Comisión Directiva; g) Convocar a Asamblea General Extraordinaria cuando lo considere necesario, poniendo en conocimiento de la Inspección General de Personas Jurídicas los antecedentes de dicha convocatoria.; h) Convocar a reuniones de la Comisión Directiva cuando lo estime pertinente, cumpliendo con los recaudos exigidos por este estatuto a tales efectos i) Vigilar, supervisar y fiscalizar las operaciones de la liquidación de la entidad.


DE LAS ASAMBLEAS

Artículo 35: Podrán ser, según el caso, Ordinarias y Extraordinarias.


ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

Artículo 36: La Asamblea General Ordinaria, se efectuará, una vez por año dentro del plazo de 120 días contados a partir de la fecha del cierre del ejercicio social anual. La fecha de cierre del ejercicio es el 31 de Diciembre de cada año. En ella, se deberá: a) Considerar, aprobar, rechazar o modificar la Memoria, Inventario, Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe del Revisor de Cuentas; b) Elegir los miembros de la Comisión Directiva y al Revisor de Cuentas y a las demás autoridades que los reemplacen; c) Considerar, si lo hubiere, cualquier otro asunto consignado en la convocatoria; d) Tratar, si se hubiere peticionado, los asuntos propuestos por el 10 % de los asociados con derecho a voto.


ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

Artículo 37: Las Asambleas Generales Extraordinarias, serán convocadas siempre que la Comisión Directiva lo juzgue necesario, o cuando las soliciten el Revisor de Cuentas o la soliciten a éstos últimos el 5 % de los asociados con derecho a voto; el plazo para la realización de la misma no podrá superar los 40 días, caso contrario los solicitantes podrán acudir ante la Inspección General de Personas Jurídicas a sus efectos. Estos pedidos, deberán ser efectuados por escrito y dando razón de ello a la Comisión Directiva o al Revisor de Cuentas; los pedidos deben ser resueltos dentro de un plazo no mayor a los 10 días de la presentación de los mismos

Artículo 38: En ningún caso puede impedirse la participación del asociado que purgue la mora con antelación al inicio de la asamblea.

Artículo 39: Todas las Asambleas serán convocadas mediante publicación en el diario de mayor circulación del domicilio de la sede y circulares remitidas al domicilio de los Asociados, con una anticipación no menor de 20 días a la fecha de realización, sin contar el día de la asamblea. La publicación deberá establecer lugar, fecha y hora de realización de la Asamblea y el Orden del Día a tratarse. Con la misma anticipación que la convocatoria de la Asamblea, se expondrá en el local de la sede social y en lugar visible, la documental que se vaya a tratar en aquella. Así se expondrán, para la libre inspección de los Asociados, la Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe del Revisor de Cuentas, tanto como correspondiere. En los casos en que se sometan a la consideración de la Asamblea, reformas al Estatuto o Reglamentos, el proyecto de las mismas se expondrá de igual manera que la documental anteriormente citada. No podrán tratarse en las asambleas otros asuntos que los incluidos en el orden del día explicitado en la convocatoria

Artículo 40: Se establecerá un sistema de elección de autoridades por lista completa. La comisión directiva designará una junta electoral conformada por tres asociados designados al efecto que no sean parte de la comisión directiva, ni aspirantes a conformar una lista, con 30 días de anticipación a la fecha de la asamblea donde se realizará la elección y proclamación de las autoridades. La elección se hará por votación secreta y por simple mayoría de los asociados presentes. La Comisión Directiva formulará un padrón de los Asociados en condiciones de participar en la Asamblea, cuyo cierre se producirá con 30 días de anticipación a la celebración de la asamblea electoral y en el que se incluirán todos los asociados en condiciones de votar que no se encuentren en mora con las cuotas sociales a esa fecha. El Padrón se exhibirá en lugar visible, en el local de la sede social. Los Asociados, podrán inspeccionar libremente este padrón y oponer reclamaciones, junto con la documental correspondiente, hasta 30 días antes de la Asamblea, debiendo la Junta Electoral pronunciarse sobre las mismas dentro de los 5 días de vencido este último plazo. Las listas de candidatos se presentarán ante la Junta Electoral con 10 días de anticipación a la asamblea electoral, debiendo oficializarse éstas por parte de la Junta Electoral dentro de los 5 días a contar desde el vencimiento para el referido plazo. En caso que de que cumplan los requisitos estatutarios para conformar la misma, se procederá a su oficialización. En caso de que los candidatos no reúnan los requisitos estatutarios para integrar las listas, la Junta Electoral les correrá un traslado por el plazo de 48 horas para que sustituyan al candidato en cuestión. Si los candidatos sustituidos no reúnen las condiciones necesarias, no podrán gozar nuevamente de dicha prerrogativa. La decisión de la Junta Electoral es inapelable, sin perjuicio de poderse recurrir a la vía correspondiente. En caso de presentarse una sola lista, una vez oficializada, será proclamada directamente en la asamblea.

Artículo 41: Las Asambleas se celebrarán válidamente, sea cual fuere el número de los Asociados concurrentes una hora después de la señalada en la convocatoria, si antes no se hubiera reunido ya, la mitad más uno de todos los Asociados con derecho a voto. Las resoluciones serán tomadas por el voto de la simple mayoría de asociados presentes, salvo que este estatuto prevea una mayoría superior.


DISOLUCIÓN, REFORMA DEL ESTATUTO

Artículo 42: La decisión de disolución de la entidad podrá ser resuelta en Asamblea especialmente convocada al efecto. La misma procede por: a) las causales previstas en los artículos 163 y 183 del Código Civil y Comercial. b) por reducción de la cantidad de asociados a un número inferior al total de los miembros titulares y suplentes de la comisión directiva y órgano de fiscalización, si dentro de los seis meses no se restableciese el mismo. c) por decisión de sus asociados. d) cuando habiendo intentando en distintas oportunidades integrar los órganos sociales, fuere imposible.

Artículo 43: La decisión de disolver deberá ser adoptada en una asamblea convocada al efecto, cuyo quórum sea de la tercera parte de los asociados con derecho a voto y con el voto de los dos tercios de los presentes.

Artículo 44: En el caso de disolución de la entidad se designará un liquidador o una Comisión Liquidadora que podrá ser la misma comisión directiva en funciones o una integrada como mínimo por tres asociados activos. Tanto el liquidador como la comisión liquidadora nombrados deberán inscribirse en la Inspección General de Personas Jurídicas y publicada su designación en el diario de mayor circulación de la localidad. Las operaciones de liquidación serán controladas por el revisor de cuentas e informadas a la Inspección General de Personas Jurídicas para la cancelación de la autorización para funcionar.

Artículo 45: Una vez satisfechas las deudas sociales, el remanente de los bienes se destinará a una entidad de bien común, con personería jurídica, y que hubiera sido reconocida como entidad exenta impositivamente en el Impuesto a las Ganancias, habiendo obtenido de ésta administración (AFIP), el respectivo reconocimiento. De no ser ello posible, se destinaran a un organismo nacional, provincial o municipal que decida la Asamblea que resolvió la disolución.

Artículo 46: El presente Estatuto o los Reglamentos, podrán ser modificados parcial o totalmente, por la Asamblea de Asociados con el voto favorable de las dos terceras partes de los Asociados con derecho a voto presentes en la misma.

ARTÍCULO 47: Queda autorizada la Comisión Directiva para solicitar de inmediato a la Inspección General de Personas Jurídicas la aprobación de la reforma total de los estatutos y para acatar modificaciones de forma que éste impusiera. Si la reforma total de los estatutos fueran rechazadas o se exigiera para aprobación, modificaciones de carácter fundamental, la Comisión Directiva, deberá convocar a una nueva Asamblea para que la misma determine lo que crea conveniente.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA: La categoría socias que sean mayores de edad pasan a ser socios activos. Los menores de 18 años son socios adherentes y los socios cadetes pasan a ser socios adherentes.



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